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Estatus de preasentamiento y asentamiento | Brexit

         Todos los ciudadanos de la UE que lleguen al Reino Unido antes del Brexit y tengan la intención de quedarse después del 31 de diciembre de 2020, deben solicitar el estatus de Pre-Asentado o Asentado.

ESTABLECIMIENTO: se aplica a los ciudadanos europeos y a los miembros de su familia que hayan vivido en el Reino Unido durante un periodo de 5 años de forma continuada (*la residencia continuada significa que las ausencias en el Reino Unido no deben superar los 6 meses).

El estatus PRE-ESTABLECIDO - se aplica a los ciudadanos europeos que han vivido en el Reino Unido menos de 5 años. Este estatus permite a los ciudadanos acumular 5 años para la residencia permanente.Los solicitantes deben demostrar: la nacionalidad, la identidad, y proporcionar los antecedentes penales (si los hay).

Si el Ministerio del Interior no puede confirmar inmediatamente su condición de residente, tiene que demostrar su residencia continua con los siguientes documentos - Extracto bancario (al menos 6 meses durante un año determinado); - Carta del empleador; - Nóminas, P60/P45 - Contrato de alquiler; - Prueba del préstamo hipotecarioPara más información, consulte el siguiente enlace

 

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